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SEGUROS SUCRE S.A. A LA CIUDADANIA.

SEGUROS SUCRE S.A. A LA CIUDADANIA.

SEGUROS SUCRE S.A. considera de fundamental importancia poner en conocimiento de la ciudadanía, con motivo de varias noticias publicadas en medios de comunicación y difundidas a través de las redes sociales, lo siguiente:

1. La nueva administración de SEGUROS SUCRE S.A. se hizo cargo de la empresa a partir del mes de febrero del presente año. Los actos personales de anteriores administradores y directores no responsabilizan a la compañía, comprometiéndose ésta a colaborar con la justicia de cualquier país en caso de que sea requerida.

2.- Se ha publicado en varios medios de comunicación y en redes sociales que el SERCOP ha cancelado el concurso para elegir a la compañía aseguradora que emita la o las pólizas que deben asegurar “el riesgo petrolero”. Y que esa cancelación se debió al reclamo efectuado por “compañías interesadas en participar que se quejaron por requisitos que solo podía cumplirlos la actual aseguradora de Petroecuador, Seguros Sucre”. Esta aseveración no es cierta, pues el SERCOP canceló el concurso luego de que precisamente SEGUROS SUCRE S.A. realizó varias preguntas relacionadas con el procedimiento de contratación signado con el código LS-EPP-2019256-20 que fueron contestadas por PETROECUADOR en términos ambiguos y no relacionados a las preguntas que se hicieron. Así consta del oficio SERCOP-DSP-2020-1812-OF del 14 de abril de 2020, que en su parte final dice: “Una vez que los argumentos presentados en el oficio Nro. 07094-CCI-CNB-2020 de fecha 13 de abril de 2020 no desvirtúan las observaciones realizadas al procedimiento y como un accionar de buenas practicas en materia de contratación publica, este organismo de control en su capacidad de generar alertas o recomendaciones de cumplimiento obligatorio, recomienda a la entidad contratante “cancelar” el procedimiento de la referencia, de conformidad con el art. 34 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de contratación Publica –LOSNCP”. Contrariamente a lo que se ha dicho en las publicaciones de prensa y redes sociales, el concurso fue cancelado en base a las preguntas hechas por SEGUROS SUCRE S.A. y no contestadas de modo preciso y concreto por la entidad contratante.

3.- En lo puntual y para mayor claridad de la opinión publica: dentro del proceso licitatorio se le hicieron 104 preguntas a la “Comisión Técnica para la contratación de las pólizas de seguros de todo riesgo petrolero, responsabilidad civil marítima y responsabilidad civil no marítima de la empresa publica de hidrocarburos del Ecuador EP Petroecuador bajo el procedimiento de licitación de seguros código LS-EPP-2019256-20”. De las 104 preguntas solamente 8 fueron hechas por SEGUROS SUCRE S.A, las preguntas 30, 32, 33, 37, 43, 55, 57 y 63. El resto, es decir las 96 preguntas restantes fueron hechas por otras compañías de seguros interesadas, lo que demuestra que existían otros oferentes dentro del concurso. Y el concurso fue cancelado a consecuencia, precisamente, de un reclamo administrativo presentado por SEGUROS SUCRE S.A. el 8 de abril de 2020, que no fuera desvirtuado por EP PETROECUADOR dentro del procedimiento administrativo.

4.- Se ha dicho que “solo Seguros Sucre” puede cumplir con las bases de concurso. La póliza que ampara el seguro petrolero asegura bienes por aproximadamente 6.000 millones de dólares. Existen mas de una compañía de seguros en el Ecuador que puede emitir las pólizas, no solamente SEGUROS SUCRE S.A.. Y si una compañía se encuentra dificultada por no contar con el patrimonio necesario o con la experiencia especifica, el art. 721 del Código de Comercio les permite presentar un “coaseguro” (no un consorcio, cuya figura no aplica en el sistema de seguros) a fin de distribuirse los riesgos. Y es por ello que otros oferentes (según el Acta de la Comisión Técnica), también se presentaron dentro del proceso LS-EPP-2019256-20.

5.- Se ha dicho que “los pliegos de este concurso eran de difícil o imposible cumplimiento para las compañías del mercado nacional, a excepción de una, que era Seguros Sucre” (ver publicación aparecida en Diario El Universo, pág 10, edición del 2 de mayo de 2020). Tal afirmación es temeraria. Si fuese así, hubiese sido más cómodo comercialmente no solicitar ante el SERCOP la cancelación del proceso licitatorio y esperar que se adjudique el concurso a SEGUROS SUCRE S.A. simplemente por la eliminación de una competencia que no hubiera podido cumplir con los pliegos. La realidad fue totalmente diferente. Hubo otros oferentes y fue Seguros Sucre S.A. la que cuestionó, con varias preguntas, el concurso, preguntas que al no haber sido respondidas satisfactoriamente, a la postre hicieron que la SERCOP cancele la licitación.

6.- SEGUROS SUCRE S.A. está totalmente abierta a la competencia, dentro de concursos de contratación de pólizas de instituciones públicos y privadas, somos un oferente más, pues recordemos que mediante Oficio N° PR-SGPR-2018-7353.O de fecha 19 de septiembre de 2018, la Presidencia de la República instó a que todas las entidades públicas realicen procedimientos de contratación competitiva.

7.- También se ha mencionado en medios y redes sociales que SEGUROS SUCRE S.A. adeuda “34 millones de dólares a Petroecuador” ordenados a pagar en sentencia expedida “a inicios de este año”. La verdad sobre este caso es la siguiente:

a) El año 2003 Petroecuador inició el proceso judicial N° 2003-0226 contra Seguros Rocafuerte S.A., debido a que el 11 de junio de 2001, se produjo una rotura del Oleoducto Transecuatoriano y del Poliducto Shushufindi-Quito en el sector del Guango, hecho que contaminó las propiedades y riberas del Rio Quijos produciéndose contaminación ambiental y daños a terceros.

b) Con la finalidad de cubrir el siniestro, Seguros Rocafuerte S.A, contrató los servicios de Remediación Ambiental de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE), para que proceda con los trabajos ambientales para mitigar el daño producto de la rotura del oleoducto y poliducto, sin embargo, al no aceptar tal remediación, Petroecuador, demandó por la vía civil a Seguros Rocafuerte S.A, por un monto de USD$ 6’171.255,55. valor que consta en la demanda original.

c) El año 2017 Seguros Rocafuerte S.A. se fusiona con SEGUROS SUCRE S.A. y es absorbida por ésta, heredando mi representada un antiguo y complejo conflicto con Petroecuador y otras personas naturales y jurídicas del cual es parte procesal desde el año 2018. Dentro del mismo proceso judicial, SEGUROS SUCRE S.A ha propiciado, suscrito y cancelado acuerdos transaccionales con los afectados del siniestro, habiéndose incluso concretado pagos en base a dichos acuerdos.

d) En lo que respecta a Petroecuador, también SEGUROS SUCRE S.A le ha planteado la posibilidad de llegar a un acuerdo. Sin embargo, este acuerdo no se ha podido concretar debido a que Petroecuador ha pretendido cobrar unos valores por intereses no señalados en sentencia, los mismos que incluso fueron negados por el Juez de la causa, conforme se desprende de la providencia del 14 de enero de 2020, misma que ha sido ratificada el 11 de febrero del año 2020. El mandamiento de ejecución al que se han referido ciertas publicaciones se dictó el 26 de septiembre de 2016 contra Seguro Rocafuerte S.A. Las ultimas providencias dictadas en la causa son las expedidas este año conforme se indica en este literal.

e) SEGUROS SUCRE S.A, fiel a su estilo de cumplir con sus obligaciones contractuales y judiciales, como he manifestado en una varias ocasiones, ya ha hecho pagos en razón de esta póliza; y, cumplirá con el saldo restante, respecto del cual se ha hecho una propuesta a EP Petroecuador, estando pendiente su respuesta, hecho contrario a lo indicado por las publicaciones, en las que se señala, que SEGUROS SUCRE S.A, ha realizado varias acciones legales para detener el pago a favor de EP Petroecuador.

8.- Con EP Petroecuador nos une una estable relación comercial, pues es nuestro cliente. Tenemos vigentes varias pólizas y hemos pagado muchos siniestros respetando nuestras obligaciones contractuales y las pólizas de seguros vigentes, desarrollándose nuestras relaciones en el marco del más absoluto respeto y cumplimiento contractual.

9.- SEGUROS SUCRE S.A. es una sociedad anónima que se debe a sus accionistas, en este caso una institución publica que forma parte del Estado Ecuatoriano. Desenvuelve sus actividades en el marco de la Constitución y leyes de la Republica y bajo el control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Ha considerado indispensable, por esta ocasión, hacer estas aclaraciones ante varias publicaciones tendenciosas y mal intencionadas generadas por partes interesadas que pretenden afectar su buen nombre y utilizar a los medios de comunicación cuando existen instituciones y tribunales que son los competentes para atender sus reclamos, si los tuvieren.

Guayaquil, 05 de mayo de 2020.

p. SEGUROS SUCRE S.A.

Firmado por:
Cristian Carpio Carpio.
GERENTE GENERAL.

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